PROYECTO DE LEY – PROGRAMA NACIONAL IDEAR TU FUTURO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1° – Créase el Programa Nacional IDEAR TU FUTURO, con el objeto de promover, acompañar y formalizar emprendimientos estudiantiles, que surjan dentro del ámbito escolar y a partir de proyectos económicos productivos, originados en ideas innovadoras con impacto social, productivo, tecnológico o ambiental.
Artículo 2° – El presente Programa tiene como objetivos enriquecer el desarrollo académico; fomentar la terminabilidad educativa y brindar las herramientas de formación y orientación, tanto vocacional como laboral, todo en concordancia con lo establecido en las Leyes N° 26.206 de Educación Nacional y N° 26058 de Educación Técnico Profesional.
Las acciones y actividades que se realizan dentro del Programa, deben tener necesariamente una finalidad pedagógica y el claro objetivo de que, mediante las estrategias a implementar, se produzca aprendizaje significativo y mejoras en la comunidad.
Artículo 3° – Créase el Registro Nacional de Emprendimientos Estudiantiles (ReNEE), a cargo de la Secretaría de Educación o por la que a futuro la reemplace, en articulación con el Consejo Federal de Educación.
CAPÍTULO II
EMPRENDIMIENTOS ESTUDIANTILES
Artículo 4°– En el marco de la presente ley los emprendimientos estudiantiles se reconocen como herramienta pedagógica.
Se entiende por emprendimiento estudiantil, al proyecto económico productivo que se desarrolla a partir de la realización de una idea innovadora, por parte de los estudiantes dentro del ámbito escolar, que previamente haya cumplido con los requisitos que se establecen en la presente y en su reglamentación.
Artículo 5°– Podrán participar de los emprendimientos estudiantiles las personas mayores de DIECISÉIS (16) años de edad, mientras cursen la escolaridad obligatoria en establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los menores de DIECIOCHO (18) años de edad deberán contar con la autorización expresa de su representante legal.
Artículo 6°– Los emprendimientos estudiantiles tendrán una duración máxima de dos años consecutivos, siempre que sus integrantes cursen la escolaridad obligatoria.
Artículo 7°– Los emprendimientos estudiantiles deberán inscribirse en el Registro Nacional de Emprendimientos Estudiantiles (ReNEE), lo que les garantizará los siguientes beneficios:
a) Acceso a procedimientos simplificados, abreviados y gratuitos de registro de patentes de invención, modelos de utilidad, marcas y derechos de autor, con asistencia contable, legal y técnica.
b) Exención de cargas impositivas nacionales.
c) Capacitaciones, formaciones, tutorías y talleres gratuitos, dentro del marco escolar, teniendo en cuenta el tipo de emprendimiento estudiantil y las características propias de la jurisdicción.
Artículo 8° – El ingreso económico derivado de los emprendimientos estudiantiles no será incompatible con becas, planes sociales, ni asignaciones familiares o universales que perciban los estudiantes o sus grupos familiares.
CAPÍTULO III
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Artículo 9° – El programa será puesto en funcionamiento y coordinado por la Secretaría de Educación o por la que a futuro la reemplace, en articulación con el Consejo Federal de Educación, las autoridades educativas de cada jurisdicción, el Ministerio de Economía, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET), la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA) y el Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual (INPI) y con cualquier otro organismo que tenga competencia funcional en el presente programa o en su implementación.
Artículo 10 – La Secretaría de Educación, en coordinación con los organismos referidos en el artículo 9, deberá:
a) Disponer la reglamentación necesaria para la incorporación de lo establecido en el presente Programa en la currícula, y su respectiva puesta en funcionamiento, teniendo en cuenta las características propias de cada jurisdicción.
b) Establecer los mecanismos de evaluación y acreditación, en acuerdo con las autoridades jurisdiccionales.
c) Determinar los requisitos que deberán cumplirse para que una idea innovadora pueda desarrollarse como emprendimiento estudiantil, teniendo en cuenta las características propias de cada jurisdicción, que aporte valor a la comunidad o resuelva un problema real y se priorice el alcance nacional con foco en sectores o colectivos vulnerados.
d) Articular con universidades, cámaras empresarias, colegios profesionales, cooperativas, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y asociaciones.
e) Mantener actualizado el Registro Nacional de Emprendimientos Estudiantiles (ReNEE)
f) Garantizar una red federal de acompañamiento contable, legal y técnica, a los emprendimientos estudiantiles inscriptos en el Registro Nacional de Emprendimientos Estudiantiles (ReNEE).
g) Establecer capacitaciones, formaciones, tutorías y talleres continuos y gratuitos, dentro del marco escolar, teniendo en cuenta el tipo de emprendimiento estudiantil y las características propias de la jurisdicción.
CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 11 – Los organismos referidos en el artículo 9, de acuerdo a su competencia funcional, deberán determinar los requisitos a fin de que, los emprendimientos estudiantiles inscriptos en el Registro Nacional de Emprendimientos Estudiantiles (ReNEE) puedan realizar transacciones económicas, emitir facturas y abrir cuentas bancarias.
Artículo 12 – El Poder Ejecutivo podrá celebrar convenios con provincias, municipios, universidades, organismos internacionales, entidades de crédito, empresas y cooperativas para fortalecer el programa.
Artículo 13 – Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 14 – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
Vivimos en una era de cambios vertiginosos, donde la tecnología, la globalización y las nuevas formas de comunicación están redefiniendo el mundo social y laboral.
En este contexto, es fundamental repensar las oportunidades que brindamos a nuestros jóvenes y la necesidad de reforzar su sentido de responsabilidad ciudadana, sobre la base de la confianza y el reconocimiento a sus capacidades, necesidades e historias, y donde el colegio secundario, de la mano del profesionalismo docente, es el ámbito propicio para estos fines.
No se trata sólo de transmitir conocimientos, sino de fomentar habilidades, aptitudes y valores, que les permitan enfrentar los desafíos del siglo XXI con creatividad, resiliencia y compromiso.
Dotarlos de protagonismo, reconocerlos como sujetos de derecho, respetar sus intereses y preocupaciones y reconocer y confiar en su potencial transformador, sin renunciar a las responsabilidades que nos caben como adultos y Estado.
Así, el Programa “IDEAR TU FUTURO” nace con el propósito de incentivar el espíritu emprendedor en los estudiantes secundarios, brindándoles herramientas y acompañamiento para transformar sus ideas con impacto social, productivo, tecnológico y ambiental en emprendimientos concretos.
En este sentido, se busca preparar y orientar a nuestros jóvenes para el ejercicio pleno de su ciudadanía, para el mundo del trabajo y para la continuación de estudios; y así generar un ecosistema educativo que promueva la innovación, el trabajo colaborativo y la vinculación con la comunidad.
La experiencia demuestra que, brindar a los jóvenes la oportunidad de desarrollar proyectos propios, los convierte en agentes de cambio en sus comunidades.
Ejemplos concretos lo demuestran:
En Río Negro, estudiantes del CET N° 18 de Villa Regina desarrollaron el proyecto PAS Braille, un sistema de cartelería urbana en Braille para personas con discapacidad visual.
Por su parte, en el CET N° 17 de General Roca diseñaron un elevador de fardos automatizado para el sector agropecuario y en el CET N° 3 construyeron una plataforma de esquila para pequeños productores.
Y en la ciudad de San Carlos de Bariloche, en el CET N° 2, alumnos de 6° año, junto a sus docentes y con el asesoramiento del INTA, diseñaron un modelo de invernadero inteligente, con el fin de lograr mayor practicidad y eficiencia en el manejo de cultivos bajo cubierta. En la misma institución, en años anteriores, estudiantes habían diseñado dispositivos para aliviar las tareas diarias de personas con artritis.
En Pérez, Santa Fe, estudiantes de la Escuela Técnica N° 459 combinaron energía solar y reciclaje con impacto ambiental local.
En San Martín, Buenos Aires, alumnos de la EEST N° 4 transformaron el aprendizaje de física en un parque de diversiones didáctico.
En Realicó, La Pampa, alumnos del Instituto Fundación Sociedad Rural Argentina fabricaron macetas biodegradables con colillas recicladas.
Las Ferias de Ciencias, los concursos nacionales e internacionales, tanto en Río Negro como en todo el país, han sido semilleros de estas ideas, espacios donde los alumnos pueden exponer sus proyectos, recibir devoluciones y vincularse con la comunidad educativa y científica, pero la falta de continuidad institucional y soporte legal a este tipo de emprendimientos, ha hecho que muchas iniciativas no trasciendan la etapa escolar.
Desafortunadamente, los estudiantes que desarrollan proyectos escolares innovadores no cuentan con herramientas que permitan transformar esas ideas en emprendimientos reales, a lo que se suman, las barreras propias para el desarrollo de las mismas, por ejemplo, la complejidad que representa el patentamiento de una invención, que puede tardar incluso más de 5 años.
Por ello, la presente iniciativa propone crear un programa bajo el nombre “IDEAR TU FUTURO”, que esté precisamente orientado a estudiantes mayores de dieciséis (16) años de escuelas secundarias que desarrollen proyectos innovadores con impacto social, productivo, tecnológico o ambiental en el ámbito escolar.
Es decir, se propone promover, formalizar y acompañar el desarrollo de emprendimientos estudiantiles surgidos desde el sistema educativo, dotando a los jóvenes de herramientas contables, legales y técnicas, para que sus ideas innovadoras puedan transformarse en realidades productivas y sociales; entendiendo al emprendimiento estudiantil, como una herramienta pedagógica de alta significatividad, tanto para los estudiantes como para sus comunidades.
Asimismo, se crea un registro de emprendimientos estudiantiles, que permite a los inscriptos acceder a determinados beneficios, entre ellos: la simplificación, abreviación, gratuidad y asesoramiento para el inicio de procedimientos a los fines del registro de su marca, patente de invención, modelos de utilidad y derechos de autor. Además, se establece la exención en las cargas impositivas nacionales y se crea una red federal de acompañamiento contable, legal y técnica.
Y en la búsqueda de la mejora constante, se determina la implementación de capacitaciones, formaciones y talleres.
Además, se prevé que el programa esté coordinado por la Secretaría de Educación en articulación con el Consejo Federal de Educación, las autoridades educativas de cada jurisdicción, el Ministerio de Economía, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET), la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA) y el Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual (INPI) y con cualquier otro organismo que tenga competencia funcional.
Y la Secretaría de Educación en coordinación con los organismos citados deberá entre otras facultades: Disponer la reglamentación necesaria para incorporar el presente Programa en la currícula, teniendo en cuenta las características propias de cada jurisdicción; establecer los requisitos que deberán cumplirse para que una idea innovadora pueda desarrollarse como emprendimiento estudiantil, mantener actualizado el Registro Nacional de Emprendimientos Estudiantiles (ReNEE), entre otras.
Asimismo, por reglamentación se determinarán los requisitos necesarios para que los emprendimientos estudiantiles puedan realizar transacciones económicas, emitir facturas y abrir cuentas bancarias.
Por otro lado, se establece que los ingresos generados son compatibles con otros programas sociales o educativos.
También, debe resaltarse los efectos multiplicadores de la propuesta, entre ellos, podemos citar a título ejemplificativo, el aumento del número de emprendimientos juveniles, la disminución de la deserción escolar por motivación educativa productiva, la inclusión económica temprana y el fortalecimiento del rol de la escuela como generadora de futuro.
Por último, valga señalar, que la presente iniciativa está en plena sintonía, con lo establecido en la legislación internacional y nacional vigente.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento.